Quiero solicitar ayudas salariales para mis trabajadores en el marco del Escudo Anticrisis. ¿A quién debo dirigirme y qué formularios debo cumplimentar?
El Escudo Anticrisis contempla subvenciones para los salarios de los trabajadores mediante dos modalidades alternativas de ayuda específicamente previstas para ese fin.
Ayuda para proteger el empleo del Fondo de Garantía de Prestaciones a los Trabajadores
Para obtener ayuda de protección del empleo del Fondo de Garantía de Prestaciones a los Trabajadores (FGŚP), debe presentarse una solicitud ante la oficina de empleo del voivodato, a través de praca.gov.pl o en la oficina competente por el lugar de actividad. Antes de solicitarla, el empresario debe pactar con el sindicato o los representantes de los trabajadores la reducción de jornada y salarios. El acuerdo se adjunta a la solicitud y se remite al inspector de trabajo del distrito. Los modelos de solicitud y anexos están en esta página gubernamental.
Ayuda parcial para costes de empleo de la oficina de empleo del distrito
Las microempresas y pequeñas y medianas empresas pueden obtener ayuda parcial para los costes de empleo de la oficina de empleo del distrito (PUP). La solicitud se presenta ante la oficina competente por el lugar de actividad, en papel o mediante el formulario de praca.gov.pl. Los modelos necesarios están en esta página gubernamental.
He solicitado la prestación por paralización de actividad. ¿Puedo pedir además ayuda parcial para costes de empleo de la oficina del distrito?
El Escudo Anticrisis no impide recibir simultáneamente ambas ayudas. Si cumple los requisitos, el empresario puede solicitar las dos. Las solicitudes deben justificarse por las consecuencias económicas negativas sufridas a causa de la crisis de COVID-19.
Estoy exento de pagar cotizaciones a la seguridad social. ¿Puedo obtener también ayuda para costes de actividad en el marco del Escudo Anticrisis?
El empresario no puede recibir financiación para costes que ya se hayan financiado o vayan a financiarse con otros fondos públicos. Si cumple los requisitos y soporta costes de actividad distintos de las cotizaciones sociales, puede obtener la ayuda.
El empresario con trabajadores exento de cotizaciones sociales también puede obtener ayudas salariales. En ese caso debe solicitar la parte que no incluye las cotizaciones a ZUS.
Tengo cotizaciones sociales pendientes. ¿Puedo solicitar ayudas del Escudo Anticrisis?
Algunas ayudas están condicionadas a no tener deudas de derecho público. Un empresario con cotizaciones sociales pendientes no puede acceder a:
- la ayuda de protección del empleo del FGŚP;
- la financiación parcial de costes de empleo;
- la financiación parcial de costes de actividad económica;
- la posibilidad de modificar los descansos, los sistemas de jornada y las condiciones laborales conforme al Escudo Anticrisis.
Las normas sobre préstamos de la oficina de empleo del distrito, prestaciones por paralización y exenciones de cotizaciones a ZUS no exigen carecer de deudas de derecho público.
El 5 de mayo, ZUS publicó en zus.pl información para empresarios con cotizaciones pendientes que indica que la exención puede obtenerse pese a esas deudas.
Gestiono con un socio una escuela infantil privada inscrita en el Registro de Escuelas y Centros Educativos. Tenemos trabajadores, pero el centro no está inscrito en CEIDG ni en KRS. ¿Podemos acceder a las ayudas del Escudo Anticrisis?
Quien explota una escuela infantil con ánimo de lucro es empresario aunque no esté sujeto a inscripción en CEIDG. Las ayudas del Escudo Anticrisis no dependen de esa inscripción, por lo que puede acceder a ellas en las mismas condiciones que otros empresarios. Cabe añadir que una sociedad de capital que explote una escuela infantil debe inscribirse en KRS. Las sociedades personalistas no pueden gestionar estos centros.
Empleo a dos aprendices y he solicitado la exención de cotizaciones a ZUS durante tres meses. En marzo mis ingresos superaron 15.681,00 PLN. ¿Me corresponde la exención conforme al Escudo 2.0?
Conforme al derecho actual, los trabajadores menores de edad no se incluyen al contar las personas aseguradas. Esto ha excluido a los empresarios que solo emplean a menores y cuyos ingresos superaron el 300% del salario bruto mensual medio previsto en la economía nacional para 2020. No se han establecido normas transitorias para quienes solicitaron la ayuda antes del cambio. Por regla general, si la ley cambia antes de una resolución firme, se aplican las normas nuevas. Por tanto, si ZUS no resolvió antes de la entrada en vigor del Escudo 2.0, probablemente denegará la exención.
Empleo de uno a nueve trabajadores y tengo una exención de cotizaciones a ZUS. ¿Puedo obtener la prestación por paralización?
Estas ayudas son compatibles. Si el empresario cumple los requisitos de la prestación por paralización, puede obtenerla.
Firmé un contrato de mandato después del 1 de febrero. ¿Puedo solicitar la prestación por paralización correspondiente a marzo?
Quienes celebraron contratos después del 1 de febrero y antes del 1 de abril de 2020 pueden acceder a la prestación desde la entrada en vigor del Escudo 2.0. Las normas entraron en vigor en abril, primer mes en que fue posible solicitar y recibir la prestación. A nuestro juicio, conforme a la redacción actual del Escudo Anticrisis, estas personas no pueden obtenerla por marzo.
Tengo una actividad económica y también trabajo por cuenta ajena. He «cerrado» la actividad por la epidemia. ¿Puedo obtener un préstamo del Fondo de Trabajo en el marco del Escudo Anticrisis?
Si el empresario ha cesado o suspendido formalmente su actividad, no puede obtener un préstamo del Fondo de Trabajo. Si no lo ha hecho formalmente y sigue soportando costes de actividad, puede obtener un préstamo de la oficina de empleo del distrito.
Ejerzo mi actividad mediante una sociedad civil polaca y no tengo trabajadores. ¿Tengo derecho a la prestación por paralización?
La prestación por paralización corresponde, con ciertos requisitos, a empresarios y contratistas. La sociedad civil polaca no es empresario ni sujeto independiente de relaciones jurídico-civiles; sí lo son sus socios como empresarios. El socio que cumpla los requisitos puede obtenerla.
Una sociedad civil emplea a un trabajador. ¿Puede solicitar ayuda para costes de actividad de la oficina de empleo del distrito en el marco del Escudo Anticrisis?
La ayuda para costes de actividad corresponde al empresario individual sin trabajadores. La sociedad civil no es empresario, pero sus socios sí son empresarios individuales. Un socio puede solicitarla si no es empleador. Existen opiniones divergentes sobre si el empleador es la sociedad civil o sus socios. Según la primera postura, el socio de una sociedad con trabajadores puede solicitarla; según la segunda, no. Actualmente parece predominar la segunda en la jurisprudencia del Tribunal Supremo polaco. La interpretación funcional y finalista del Escudo Anticrisis lleva a concluir que, en este caso, ni la sociedad ni sus socios deberían recibir la ayuda.
Una sociedad civil no tiene trabajadores. ¿Puede solicitar ayuda para costes de actividad de la oficina de empleo del distrito?
La sociedad civil no es empresario. Cada socio puede solicitar la financiación parcial de los costes de actividad.
Ejerzo mi actividad en una sociedad civil. ¿Puedo solicitar un préstamo del Fondo de Trabajo? ¿Puede solicitarlo la sociedad?
La sociedad civil no es empresario y, por tanto, no puede obtener un préstamo del Fondo de Trabajo. Sí puede solicitarlo el empresario que ejerza su actividad a través de ella.
Una sociedad civil tiene un trabajador. ¿A qué ayudas del Escudo Anticrisis puede acceder?
Si la sociedad civil es pagadora de cotizaciones a ZUS, puede solicitar su exención. Las demás ayudas están disponibles para los empresarios que desarrollan su actividad a través de ella.
Cada socio de una sociedad civil obtuvo en ella ingresos superiores al 300% del salario bruto mensual medio previsto en la economía nacional para 2020. ¿Pueden la sociedad o sus socios recibir ayudas del Escudo Anticrisis?
Como pagadora de cotizaciones a ZUS, la sociedad civil puede solicitar la exención de cotizaciones sociales.
Los socios cuyos ingresos superaron el 300% del salario bruto mensual medio previsto en la economía nacional para 2020 pueden utilizar las demás ayudas, salvo la exención de ZUS. Sin embargo, el Escudo 3.0, pendiente de firma presidencial, introduce una excepción: el socio que pague cotizaciones de forma independiente y exclusivamente por sí mismo y cuya renta de febrero no supere 7.000,00 PLN podrá obtener la exención de abril y mayo.
Tengo una actividad económica y estoy cubierto por el seguro social agrario (KRUS). ¿Puedo acceder a las ayudas del Escudo Anticrisis?
El empresario con actividad no agrícola puede acceder a las ayudas del Escudo Anticrisis en las mismas condiciones que los demás, aunque al iniciarla optara por seguir en el seguro social agrario.
Empleo a tres personas, cada una a un cuarto de jornada. ¿Se me considera autónomo conforme al Escudo Anticrisis? ¿Puedo solicitar la prestación por paralización o un préstamo?
«Autónomo» es un término de uso corriente. En el contexto del Escudo Anticrisis tiene relevancia actualmente para la exención de cotizaciones sociales y la ayuda parcial para costes de actividad.
El autónomo paga únicamente sus propias cotizaciones a ZUS. Quien emplea trabajadores a tiempo parcial debe darlos de alta en la seguridad social y no es autónomo en este sentido. Por tanto, quien emplee a tres personas a un cuarto de jornada puede obtener la exención con independencia de sus ingresos.
También a efectos de la ayuda parcial para costes de actividad, quien emplea trabajadores a tiempo parcial no puede considerarse autónomo. La Ley COVID no prevé excepciones para empleadores sin personal a jornada completa, por lo que no podrá obtener esta ayuda.
El Escudo 2.0 no condiciona la prestación por paralización ni el préstamo del Fondo de Trabajo a que el empresario tenga o no trabajadores.
Empleé a una persona durante tres semanas en marzo. ¿Pierdo por ello las ayudas para autónomos?
Tener trabajadores importa principalmente para la ayuda parcial para costes de actividad y la exención de cotizaciones a ZUS.
Al resolver la ayuda, el jefe del distrito debe considerar los hechos y el derecho existentes en ese momento. Las disposiciones no son precisas, pero cabe suponer que haber empleado a una persona tres semanas en marzo no debería impedir la financiación parcial de costes de actividad.
En cambio, para la exención de ZUS ese período es demasiado corto para aplicar las reglas de pagadores que declaran de una a nueve personas aseguradas. A estos efectos se le considera autónomo.
Estas respuestas no constituyen asesoramiento jurídico. Determinar si un empresario concreto puede acogerse a las medidas del Escudo Anticrisis, en qué medida y de qué forma, requiere en cada caso un análisis detallado de su situación jurídica..
Respondimos a otras preguntas en los artículos anteriores disponibles aquí y aquí.
Si surgen más preguntas, procuraremos responderlas en próximos artículos de la serie ESCUDO ANTICRISIS: PREGUNTAS FRECUENTES.
También te invitamos a descargar la segunda parte de nuestra guía práctica de las medidas del paquete legislativo denominado Escudo Anticrisis 2.0, disponible aquí.




