En el marco del Paquete para Empresarios, el Ministerio de Emprendimiento y Tecnología ha presentado un proyecto de modificación del régimen reducido del ZUS, denominado «500 Plus para Empresas». El proyecto de reforma de la Ley del Sistema de Seguridad Social y de la Ley de la Administración Tributaria Nacional se encuentra en consulta pública. Los cambios propuestos permitirán a determinados empresarios pagar cotizaciones a la seguridad social calculadas sobre sus ingresos netos.
Reducciones y exenciones
Actualmente, los empresarios pueden acogerse a varias reducciones de las cotizaciones al ZUS. En primer lugar, quienes inician una actividad pueden aplicar la denominada «exención de inicio», que permite no pagar cotizaciones durante los primeros meses. La segunda opción consiste en cotizaciones preferenciales durante los primeros 24 meses de actividad. La tercera es el régimen de cotizaciones reducidas «Mały ZUS», que abordamos en nuestro artículo de 25 de enero de 2019, «¿Qué es el nuevo régimen Mały ZUS?». «500 Plus para Empresas», también denominado «Mały ZUS Plus», modifica precisamente esta última modalidad de cálculo de las cotizaciones.
¿Cómo funciona?
El cambio principal pretende vincular la cuantía de la cotización a los ingresos netos, y no, como hasta ahora, a los ingresos brutos. Según el proyecto, un empresario cuyos ingresos brutos del año anterior no superen los 120.000 eslotis podrá pagar cotizaciones al ZUS vinculadas a sus ingresos netos. Además, sus ingresos netos mensuales deberán ser inferiores a 6.000 eslotis. Se prevé que estas cotizaciones sean, de media, varios cientos de eslotis inferiores a las ordinarias. No obstante, si el empresario ha deducido las cotizaciones como gastos fiscales, sus ingresos netos se incrementarán en la cuantía correspondiente. Si la actividad se ha ejercido durante menos de un año, el límite máximo de ingresos brutos se reducirá proporcionalmente.
¿Quién podrá beneficiarse?
El proyecto exige haber ejercido una actividad económica durante al menos 60 días en el año anterior para acogerse a la reducción. La base de cotización no podrá superar el 60% del salario medio previsto ni ser inferior al 30% del salario mínimo vigente en enero del año correspondiente. Conforme a las nuevas reglas, la base será el ingreso neto mensual multiplicado por 0,5. Por ello, los ingresos netos del empresario que desee acogerse a Mały ZUS Plus no podrán, por regla general, superar los 6.000 eslotis. Podrán pagarse cotizaciones reducidas durante un máximo de 36 meses dentro de 60 meses consecutivos de actividad. Quienes ya utilicen Mały ZUS cotizarán conforme a las nuevas reglas.
¿Quién no podrá beneficiarse?
500 Plus para Empresas no estará disponible para quienes en el año anterior tributaran mediante el régimen de cuota fija denominado tarjeta fiscal y, simultáneamente, disfrutaran de la exención del IVA. Tampoco podrán acogerse quienes desarrollen su actividad para un antiguo empleador. La reducción tampoco se aplica a personas aseguradas por un concepto distinto de su actividad económica.
Información para el ZUS
Como las nuevas cotizaciones dependerán de los ingresos netos, será necesario facilitar información adicional al ZUS. Además de los ingresos brutos anuales, los empresarios deberán comunicar sus ingresos netos y su modalidad de tributación. Presentarán estos datos mediante el informe mensual individualizado o la declaración de liquidación de cotizaciones.
Plazo para acogerse al régimen
Por el momento, el proyecto que introduce Mały ZUS Plus sigue en consulta pública. Se prevé que, una vez que los cambios entren en vigor, los empresarios dispongan hasta finales de enero de 2020 para comunicar que desean acogerse a las nuevas cotizaciones.





