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Fiscalidad

CIT estonio: bases del proyecto de 2020

Desde hace años, los empresarios asocian Estonia con procedimientos tributarios especialmente sencillos. En la clasificación Paying Taxes 2020 obtuvo un destacado puesto 12, frente al 77 de Polonia. Se presenta como un lugar atractivo para desarrollar actividad económica, especialmente mediante sociedades de capital. Los procedimientos tributarios…

Rascacielos vistos desde abajo con nubes de fondo
Rascacielos modernos con un avión cruzando el cielo de fondo.

Un cambio inspirado en Estonia

Desde hace años, los empresarios asocian Estonia con procedimientos tributarios especialmente sencillos. En la clasificación Paying Taxes 2020 obtuvo un destacado puesto 12, frente al 77 de Polonia. Se presenta como un lugar atractivo para desarrollar actividad económica, especialmente mediante sociedades de capital. Sus procedimientos tributarios no solo son simples y comprensibles para el contribuyente medio, sino también beneficiosos para sus finanzas.
El Gobierno polaco ha decidido inspirarse en este modelo y avanzar hacia una mejora real del sistema tributario mediante la introducción del denominado CIT estonio. El modelo vigente en Estonia desde el 1 de enero de 2000 difiere la tributación hasta que los beneficios se distribuyen como dividendos o pagos económicamente equivalentes.
La ley polaca fue aprobada por el Sejm en tercera lectura el 28 de octubre de 2020, con el voto favorable de más de 400 diputados. Actualmente se ha remitido al presidente de la República y al presidente del Senado. Está previsto que el cambio entre en vigor el 1 de enero de 2021.

¿Por qué se presentó este proyecto?

La exposición de motivos indica que este modelo tributario persigue ante todo estimular la inversión. Se espera que contribuya a aumentar los fondos propios de las empresas y mejorar su liquidez, solvencia crediticia y productividad, acelerando el crecimiento, la competitividad y el desarrollo de la economía. También se destaca que el CIT estonio en la forma adoptada por la ley es solo el comienzo: un proyecto piloto. El modelo representa una especie de gasto fiscal para el Estado, por lo que inicialmente se limita el número de entidades que pueden acogerse. Su objetivo principal es comprobar cómo influye esta ventaja fiscal en el desarrollo y la posición de las sociedades en el mercado. Asimismo, pretende animar a más de dos millones de empresarios individuales polacos a considerar su transformación en sociedades de capital.

Principios básicos

La versión polaca del CIT estonio adoptará la forma de tributación a tanto alzado sobre la renta de las sociedades de capital. El cambio fundamental consiste en diferir el impuesto sobre sociedades hasta la distribución de beneficios, sustituyendo la tributación corriente. El legislador propone permitir la elección del régimen por períodos de cuatro años, prorrogables automáticamente salvo renuncia del contribuyente. Las ventajas son condicionales: el incumplimiento de los requisitos provocará la pérdida del derecho al régimen. Los tipos serán del 15% para pequeños contribuyentes y del 25% para quienes obtengan ingresos superiores a 2 millones de euros pero inferiores a 100 millones de PLN. El régimen también prescinde de los registros fiscales y de la determinación continua de la renta imponible, simplificando considerablemente las liquidaciones tributarias.

Requisitos para acogerse al CIT estonio

Podrán acogerse al régimen previsto en la reforma las entidades que cumplan todos los criterios siguientes:

  1. ser una sociedad de responsabilidad limitada o anónima polaca;
  2. tener ingresos anuales, incluido el IVA, no superiores a 100 millones de PLN;
  3. obtener menos de la mitad de esos ingresos de rentas pasivas, como créditos, intereses y transmisión o ejercicio de derechos derivados de instrumentos financieros;
  4. emplear al menos a tres trabajadores distintos de sus socios o accionistas mediante contratos laborales durante al menos 300 días al año;
  5. que todos los socios o accionistas sean personas físicas;
  6. no mantener participaciones en otras entidades;
  7. no elaborar estados financieros conforme a las Normas Internacionales de Contabilidad en los supuestos del artículo 45, apartados 1a y 1b, de la Ley de Contabilidad;
  8. notificar la opción por el régimen al jefe de la oficina tributaria competente.

También puede realizarse una prueba de elegibilidad en: https://www.podatki.gov.pl/estonski-cit/

Las disposiciones prevén numerosas exclusiones. No podrán acogerse, entre otros, las empresas financieras, los contribuyentes en concurso o liquidación ni las sociedades que obtengan rentas en zonas económicas especiales o en la Zona Polaca de Inversión. Los criterios para acceder al CIT estonio son, por tanto, numerosos y detallados. El contribuyente deberá examinarlos detenidamente antes de concluir que puede acogerse al beneficio.
Quien elija esta forma de tributación también deberá realizar gastos de inversión, incluidos activos fijos y pagos previstos en contratos de arrendamiento financiero. Estos gastos deberán aumentar al menos un 15% en dos años, con un mínimo de 20.000 PLN, o un 33% en cuatro años, con un mínimo de 50.000 PLN.

Críticas al cambio propuesto

La principal crítica es que el régimen propuesto no es accesible de forma general, a diferencia del modelo estonio. Sin embargo, como se ha señalado, por ahora se trata de un proyecto piloto. Se dirige especialmente a sociedades pequeñas, a las que esta ventaja beneficiará más a largo plazo. Además, más de 200.000 sociedades cumplen el criterio de ingresos, lo que constituye un grupo relativamente representativo para probar el funcionamiento práctico del régimen estonio.

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