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Fiscalidad

Sociedades colectivas polacas: una nueva categoría de contribuyente del CIT

Los cambios en las reglas de tributación pueden afectar al funcionamiento de la empresa y al intercambio de información sobre sus socios. Este artículo de 2021 aborda la normativa sobre sociedades colectivas vigente entonces; no confirma las obligaciones ni los plazos actuales.

Líneas verticales en la fachada de un rascacielos
Rascacielos modernos con el cielo de fondo.

Son contribuyentes del CIT las sociedades colectivas con sede u órgano de administración en Polonia cuyos socios incluyan personas jurídicas, además de personas físicas. En consecuencia, pueden tributar tanto la sociedad como sus socios. La sociedad puede obtener la exención del CIT si comunica a la autoridad tributaria, dentro del plazo correspondiente, los datos de quienes tienen derecho a participar en sus beneficios.

¿Cómo se presenta la información?

La información se presenta en el formulario CIT-15J, con anexos CIT/JW, ante el jefe de la oficina tributaria competente por la sede de la sociedad colectiva y ante el jefe de la oficina competente para cada contribuyente que obtenga rentas de ella. En el formulario, la sociedad indica:

1) el nombre y apellidos o la razón social, el domicilio o la sede, el número de identificación fiscal (NIP) y la proporción del derecho a participar en los beneficios de la sociedad colectiva de:

– el socio contribuyente que obtenga rentas de la sociedad colectiva;

– el contribuyente que, sin ser socio de la sociedad colectiva, obtenga rentas de ella;

2) el nombre, la dirección y el NIP de la entidad que no sea contribuyente del impuesto sobre la renta a través de la cual el contribuyente obtenga rentas de la sociedad colectiva, y la proporción de su derecho a participar en los beneficios de dicha entidad.

Por tanto, la sociedad comunica los datos de todos los contribuyentes que obtienen beneficios directa o indirectamente. Estos datos se consignan en los anexos CIT/JW. El número de anexos corresponde al número total de entidades que obtienen beneficios de la sociedad. En la sección C del anexo CIT/JW se indican los datos del contribuyente con derecho a los beneficios de la sociedad colectiva a través de otra entidad que no sea contribuyente del CIT, como una sociedad comanditaria. Si existen más entidades de este tipo, también se cumplimenta la sección D. Se ha criticado esta exigencia porque, cuando los socios son personas jurídicas constituidas en una jurisdicción distinta de la polaca, puede resultar difícil obtener los datos necesarios, ya que no son públicos en todos los países.

La sociedad debía presentar la primera declaración informativa a más tardar el 1 de febrero de 2021, pues el plazo legal del 31 de enero de 2021 vencía en domingo, reflejando la situación a:

– 1 de enero de 2021, si la sociedad había iniciado su actividad antes de esa fecha;

– la fecha de inicio de la actividad, si la sociedad la inició entre el 1 y el 31 de enero de 2021.

Además, si la composición de los contribuyentes cambió antes de presentar la información, la primera actualización debía presentarse a más tardar el 1 de febrero de 2021, salvo que el plazo aplicable venciera más tarde.

Debe recordarse que la sociedad colectiva está obligada a actualizar la información presentada dentro de los 14 días siguientes a cualquier cambio en la composición de los contribuyentes. La falta de actualización también hará que adquiera la condición de contribuyente del CIT.

Las sociedades colectivas que inicien su actividad después del 31 de enero de 2021 deberían presentar la información antes del inicio de su primer ejercicio económico. Esto plantea un problema, ya que las sociedades personalistas comienzan su actividad al inscribirse en el Registro Judicial Nacional polaco (KRS). El derecho polaco no contempla una sociedad colectiva «en formación», de modo que antes de la inscripción no existe una entidad facultada para presentar información ante la autoridad tributaria. En su posición más reciente, el Ministerio de Hacienda propone presentar el CIT-15J entre la inscripción de la sociedad y la realización de las aportaciones y la apertura de los libros contables. Argumenta que, conforme a la Ley de Contabilidad, el inicio de la actividad y, por tanto, la apertura de los libros coinciden con el primer hecho que produzca efectos patrimoniales o financieros.

Sociedades en proceso de transformación

En los últimos meses, muchas sociedades comanditarias han iniciado su transformación en sociedades colectivas. Como se ha indicado, si la sociedad colectiva se constituyó antes del 31 de enero de 2021, debía cumplir la obligación informativa. En cambio, una sociedad transformada que inicie su actividad después del 31 de enero de 2021 puede continuar su ejercicio económico anterior. Adquirirá la condición de contribuyente del CIT en el ejercicio siguiente al de su transformación.

La sociedad como contribuyente del CIT

Si no presenta la información conforme a las reglas indicadas, la sociedad colectiva adquirirá la condición de contribuyente del CIT el 1 de febrero de 2021, en la fecha de inicio de su actividad o en la fecha del cambio en la composición de los contribuyentes, según corresponda. Su primer período impositivo irá desde la adquisición de esa condición hasta el final del ejercicio económico adoptado. Antes de adquirirla, deberá cerrar los libros contables y preparar los estados financieros referidos al día anterior. También deberá identificar por separado, dentro del capital básico, los beneficios obtenidos cuando no era contribuyente, si no se han distribuido entre los socios. Mantendrá esta condición hasta su liquidación o cancelación en el registro de empresarios.

El tipo general actual del CIT es del 19% de la base imponible correspondiente a ingresos o rentas distintos de las ganancias de capital. Si los ingresos brutos por ventas de la sociedad, incluido el IVA devengado, del ejercicio anterior no superaron o no superan 2.000.000 EUR, podrá aplicar el tipo del 9%. Con ciertas salvedades, el tipo reducido solo está disponible para quienes tengan la condición de pequeño contribuyente o para nuevos contribuyentes en su primer año de actividad.

Por último, conviene señalar otro cambio que afecta a la presentación eficaz del CIT-15J. Desde el 1 de enero de 2021 cambió la competencia de la mayoría de las oficinas tributarias polacas. La Primera Oficina Tributaria de Mazovia, en Varsovia, atiende a contribuyentes con ingresos o facturación netos anuales superiores a 50 millones de euros. Las oficinas especializadas atienden a quienes tienen ingresos o facturación netos anuales de entre 3 y 50 millones de euros; las oficinas ordinarias, a entidades menores. La autoridad tributaria puede considerar la presentación ante una oficina no competente como incumplimiento de la obligación informativa. Por ello, antes de preparar la documentación conviene comprobar si ha cambiado la oficina competente para la sociedad.

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